La LOPD, en su artículo 7.5 regula el tratamiento de datos de infracciones penales (y administrativas) de la siguiente manera: "Los datos de carácter personal relativos a la comisión de infracciones penales o administrativas sólo podrán ser incluidos en ficheros de las Administraciones públicas competentes en los supuestos previstos en las respectivas normas reguladoras." Lo … Sigue leyendo ¿La LOPD permite a los abogados tratar datos penales de sus clientes?
Autor: Gontzal
Especialista en Derecho de las TIC. Colegiado en el Colegio de la Abogacía de Bizkaia. Interesado en todo lo que se cuece en/para/por Internet.
